El régimen de protección de los datos personales establecido por la Ley 25.326 y reglamentado por el Decreto 1558/2001, también conocido como "Habeas Data", basado en el derecho reconocido por el art. 43 de la Constitución Nacional, permite que los ciudadanos ejerzan un legítimo poder de disposición y control sobre sus datos personales. A tal fin, los faculta a decidir cuáles de esos datos quieren proporcionar a terceros, sea el Estado o un particular, o qué datos pueden esos terceros recabar, permitiendo asimismo que sepan quién posee sus datos personales y para qué, pudiendo inclusive oponerse a esa posesión o uso.
Estos poderes de disposición y control sobre los datos personales, se concretan jurídicamente en la facultad de consentir la recogida, la obtención y el acceso a los datos personales, su posterior almacenamiento y tratamiento, así como su uso o usos posibles, por un tercero, sea el Estado o un particular. Y ese derecho a consentir el conocimiento y tratamiento, informático o no, de los datos personales, requiere como complementos indispensables, por un lado, la facultad de saber en todo momento quién dispone de esos datos personales y a qué uso los está sometiendo, y, por otro lado, el poder oponerse a esa posesión y usos.
La
Ley tiene por objeto la protección integral de los datos personales asentados
en archivos, registros, bancos de datos, u otros medios técnicos de tratamiento
de datos, públicos o privados destinados a dar informes, para garantizar el
derecho al honor y a la intimidad de las personas, así como también el acceso
a la información que sobre las mismas se registre. Como se ve, el derecho que
se trata de proteger no es sólo el de la intimidad, sino algo con mayor
profundidad que en el derecho anglosajón se denomina "privacy" y que
se ha castellanizado como "privacidad". Lo que se busca es proteger
aspectos de la personalidad que individualmente no tienen mayor trascendencia
pero que, al unirse con otros, pueden configurar un perfil determinado de las
personas. Ante dicha posibilidad surge el derecho de sus titulares a exigir que
los datos permanezcan en el ámbito de su privacidad.
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